Para la ejecución de la U.A. –33 “Coto del Rey”- delimitada al PGOM del Vendrell, Polígono MAS BORRAS de la Unidad de Actuación COTO DEL
REY, por el sistema de compensación, se articula la denominada JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL POLÍGONO MAS BORRAS DE LA
URBANIZACIÓN COTO DEL REY del término municipal del Vendrell (Tarragona).
La Junta de Compensación tendrá naturaleza administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines desde la inscripción del acuerdo aprobatorio de su constitución por la Administración actuante en el referido Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
La Junta de Compensación se regirá por los presentes Estatutos, por lo que dispone con carácter imperativo los arts. 176 a 181 del DecretLegislatiu 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, losarts. 157 a 185 del Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978, por el Decret 303/97, de 25 de noviembre, del Gobierno de la Generalitat, por la Instrucción que regula los aspectos orgánicos y funcionales del Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras aprobada por Orden del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Cataluña de 6 de agosto de 1982, y, con carácter supletorio, por las disposiciones que regulan las Sociedades Anónimas mercantiles.
Constituye el objeto de la Junta de Compensación la ejecución de las obras de urbanización en los términos y condiciones que se determinen en los proyectos de urbanización, la actuación compensatoria sobre los terrenos ordenados por el planeamiento y comprendidos en su ámbito de actuación, así como cuantas otras atribuciones y finalidades le vengan ordenadas por el ordenamiento jurídico.
Redactar el Proyecto de compensación.
Redactar e impulsar la tramitación del Proyecto de Urbanización.
La ejecución de las obras de urbanización.
La cesión de los terrenos de uso público a la Administración actuante, una vez urbanizados.
Interesar la inscripción de la Junta en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
Solicitar de la Administración actuante el ejercicio de la expropiación forzosa en beneficio de la Junta, tanto respecto de los propietarios que no se incorporen en tiempo oportuno a la misma, como de aquellos propietarios que incumplan sus obligaciones, en los supuestos legales y en los que se determinan en las Bases de Actuación.
La solicitud y gestión de los beneficios fiscales establecidos legalmente.
Solicitar de la Administración actuante el ejercicio de la vía de apremio para el cobro de las cantidades adeudadas a la Junta por sus miembros.
El ejercicio de los derechos y actividades que le correspondan de acuerdo con la legislación vigente en cada caso.